Análisis de impacto en la protección de datos (AIPD): Metodología integral para su implementación
- Por Amparo Silva | Amsoft


Introducción
Con la entrada en vigencia de la Ley 21.719 de Protección de Datos Personales prevista para diciembre de 2026, las organizaciones chilenas enfrentan el imperativo de implementar evaluaciones de impacto en la protección de datos (AIPD) como componente fundamental de su estrategia de cumplimiento.
Esta herramienta, que ya ha demostrado su eficacia en Europa bajo el marco del GDPR, se convierte en una obligación legal específica para aquellos tratamientos que presenten alto riesgo para los derechos y libertades de los titulares de datos.
La nueva normativa chilena establece explícitamente la necesidad de realizar AIPD en casos como la evaluación sistemática y exhaustiva de aspectos personales basadas en tratamientos automatizados, el tratamiento masivo de datos, la observación sistemática de zonas de acceso público, y el procesamiento de datos sensibles bajo excepciones del consentimiento.
Sin embargo, más allá del cumplimiento normativo, las AIPD representan una oportunidad estratégica para que las organizaciones identifiquen proactivamente riesgos, optimicen sus procesos de tratamiento de datos y construyan marcos de gobernanza robustos que generen confianza tanto interna como externa.
1. Marco normativo del AIPD en la Ley 21.719: fundamentos y alcance estratégico
La Ley 21.719 establece un marco normativo específico para las evaluaciones de impacto en protección de datos, alineándose con estándares internacionales, pero adaptándose a las particularidades del ecosistema empresarial chileno. La obligatoriedad de realizar AIPD se centra en cuatro supuestos principales claramente definidos por la normativa.
Evaluación sistemática y exhaustiva de aspectos personales que se base en tratamientos automatizados, incluyendo la elaboración de perfiles que produzcan efectos jurídicos significativos en los titulares. Este supuesto abarca desde sistemas de scoring crediticio hasta algoritmos de recursos humanos que tomen decisiones automatizadas sobre contratación o evaluación de desempeño.
Tratamiento masivo de datos o gran escala, considerando no solo el volumen de datos sino también el número de titulares afectados, la duración del tratamiento y el alcance geográfico. Esta categoría es particularmente relevante para plataformas digitales, empresas de telecomunicaciones y organizaciones que manejen bases de datos extensas de clientes.
Tratamiento que implique observación o monitoreo sistemático de zonas de acceso público, incluyendo sistemas de videovigilancia inteligente, reconocimiento facial en espacios públicos, y tecnologías de tracking que permitan seguimiento comportamental de individuos.
Tratamiento de datos sensibles y especialmente protegidos en hipótesis de excepción del consentimiento, abarcando datos de salud, origen étnico, orientación sexual, creencias religiosas o afiliación política cuando se procesen bajo bases de legitimación distintas al consentimiento expreso.
La Agencia de Protección de Datos Personales tendrá la responsabilidad de establecer y publicar listas orientativas de operaciones que requieran AIPD, proporcionando claridad adicional sobre los supuestos obligatorios y creando un marco de referencia dinámico que evolucione con las nuevas tecnologías y prácticas de tratamiento.
2. Identificación sistemática de tratamientos de alto riesgo: criterios y umbrales
La identificación precisa de tratamientos que requieren AIPD constituye el primer paso crítico en la implementación de un programa de evaluación de impacto efectivo. La metodología debe considerar tanto los criterios explícitos establecidos por la ley como los indicadores de riesgo emergentes derivados de la naturaleza, alcance, contexto y finalidades del tratamiento.
Criterios de naturaleza del tratamiento
Incluyen el uso de tecnologías innovadoras como inteligencia artificial, machine learning, biometría, blockchain, o IoT; el procesamiento de datos que permitan inferir información no directamente proporcionada por los titulares; y la combinación o cruce de múltiples fuentes de datos que generen perfiles comprehensivos de individuos.
Criterios de alcance
Abarcan el número de titulares afectados (considerando umbrales específicos según el sector), la diversidad geográfica del tratamiento, la duración de la actividad de procesamiento, y el volumen y variedad de datos personales involucrados. Para el contexto chileno, se sugiere considerar como masivos aquellos tratamientos que afecten a más de 10.000 titulares simultáneamente o que procesen datos durante períodos superiores a 12 meses de manera continua.
Criterios de contexto
Evalúan la vulnerabilidad específica de los titulares (menores de edad, personas con discapacidad, trabajadores), el desequilibrio de poder entre el responsable y los titulares, la capacidad de los titulares para ejercer control sobre sus datos, y el entorno tecnológico en el que se desarrolla el tratamiento.
Criterios de finalidad
Analizan si el tratamiento tiene como objetivo tomar decisiones que afecten significativamente a los titulares, si busca categorizar o clasificar individuos con base en características personales, si pretende predecir comportamientos futuros o preferencias, y si implica monitoreo, seguimiento o vigilancia de individuos.
La intersección de múltiples criterios incrementa la probabilidad de que un tratamiento requiera AIPD, incluso cuando no se cumplan estrictamente los supuestos obligatorios establecidos por la ley.
3. Metodología paso a paso para AIPD efectivos: de la teoría a la práctica
La implementación de AIPD efectivos requiere una metodología estructurada que equilibre rigor técnico con practicidad operacional. La siguiente aproximación de ocho fases proporciona un marco comprehensivo adaptado al contexto regulatorio chileno.
Fase 1: Definición del alcance y objeto de evaluación
Identificación precisa del tratamiento, operaciones específicas incluidas, sistemas tecnológicos involucrados, datos personales procesados, y categorías de titulares afectados. Esta fase incluye la determinación de si el AIPD debe cubrir un único tratamiento o múltiples operaciones interrelacionadas.
Fase 2: Descripción sistemática del tratamiento
Documentación detallada de los flujos de datos, procesos operacionales, tecnologías utilizadas, actores involucrados (responsables, encargados, terceros), y medidas de seguridad existentes. Esta descripción debe incluir diagramas de flujo, arquitecturas de sistemas y mapas de datos que faciliten la comprensión integral del tratamiento.
Fase 3: Evaluación de necesidad y proporcionalidad
Análisis de la legitimidad de las finalidades, necesidad de los datos procesados para alcanzar dichas finalidades, proporcionalidad entre los riesgos y beneficios, y existencia de medidas alternativas menos invasivas. Esta evaluación debe considerar el test de proporcionalidad establecido por la doctrina constitucional chilena.
Fase 4: Identificación de riesgos para derechos y libertades
Mapeo sistemático de amenazas potenciales, vulnerabilidades del sistema, probabilidad de materialización de riesgos, e impacto potencial sobre los titulares. Los riesgos deben categorizarse en físicos, materiales, morales y sociales, considerando tanto efectos directos como indirectos.
Fase 5: Evaluación y ponderación de riesgos
Aplicación de matrices de riesgo que combinen probabilidad e impacto, establecimiento de umbrales de aceptabilidad, y priorización de riesgos según su criticidad. Se recomienda utilizar escalas de cuatro niveles: despreciable, limitado, significativo y máximo.
Fase 6: Identificación de medidas de mitigación
Diseño de controles técnicos y organizativos específicos para cada riesgo identificado, evaluación de la efectividad de las medidas propuestas, y análisis coste-beneficio de las opciones de mitigación. Las medidas deben abordar tanto la prevención como la detección y respuesta ante incidentes.
Fase 7: Evaluación de riesgo residual
Recálculo de niveles de riesgo tras la implementación de medidas de mitigación, verificación del cumplimiento de umbrales de aceptabilidad, y identificación de riesgos que permanezcan por encima de dichos umbrales.
Fase 8: Documentación y seguimiento
Elaboración del informe final de AIPD, establecimiento de procedimientos de revisión periódica, definición de indicadores de monitoreo continuo, y actualización del AIPD ante cambios significativos en el tratamiento.
4. Documentación, seguimiento y actualización: gestión del ciclo de vida completo
La gestión eficaz del ciclo de vida de los AIPD trasciende la evaluación inicial para establecer un sistema de gobernanza continua que asegure la vigencia y efectividad de las evaluaciones a lo largo del tiempo. Este enfoque dinámico resulta especialmente crucial en entornos tecnológicos que evolucionan rápidamente.
Sistema de documentación estructurada
Debe incluir plantillas estandarizadas que aseguren consistencia entre diferentes AIPD, repositorios centralizados que faciliten el acceso y búsqueda de evaluaciones, sistemas de versionado que permitan tracking de cambios y evolución, y metadata que facilite la gestión y categorización de evaluaciones.

Debe incluir plantillas estandarizadas que aseguren consistencia entre diferentes AIPD, repositorios centralizados que faciliten el acceso y búsqueda de evaluaciones, sistemas de versionado que permitan tracking de cambios y evolución, y metadata que facilite la gestión y categorización de evaluaciones.
Procedimientos de revisión periódica
Establecen calendarios de revisión basados en la criticidad del tratamiento (anual para alto riesgo, bianual para riesgo medio), triggers automáticos que inicien revisiones ante cambios significativos, metodologías de evaluación delta que optimicen el esfuerzo de actualización, y procesos de validación que aseguren la calidad de las revisiones.
Indicadores de monitoreo continuo
Incluyen métricas de efectividad de medidas de mitigación, estadísticas de incidentes relacionados con los tratamientos evaluados, niveles de cumplimiento de procedimientos establecidos, y feedback de titulares de datos sobre la efectividad de las medidas implementadas.
Integración con sistemas de gestión de riesgos corporativos
Permite alineación con marcos de riesgo empresarial existentes, escalamiento de riesgos críticos a nivel directivo, coordinación con otras funciones de compliance y auditoría, y consolidación de reporting para stakeholders internos y externos.
Gestión de cambios
Establece procedimientos para evaluar el impacto de modificaciones tecnológicas, organizacionales o normativas sobre AIPD existentes; criterios para determinar cuándo los cambios requieren actualización completa versus parcial del AIPD; y metodologías de evaluación rápida para cambios menores que mantengan la integridad del análisis sin generar cargas administrativas excesivas.
5. Integración de AIPD en el desarrollo de proyectos y procesos de innovación
La integración efectiva de AIPD en los ciclos de desarrollo de proyectos y procesos de innovación representa un cambio paradigmático hacia la “privacidad por diseño” que va más allá del cumplimiento reactivo hacia la construcción proactiva de sistemas que protejan los derechos de los titulares desde su concepción.
Privacy by Design en metodologías ágiles
Requiere la incorporación de checkpoints de privacidad en cada sprint, definición de criterios de aceptación que incluyan consideraciones de protección de datos, establecimiento de roles específicos (Privacy Owner) dentro de los equipos de desarrollo, y herramientas automatizadas que evalúen el impacto en privacidad de cada iteración.
Evaluación temprana de riesgos
Incluye Pre-AIPD o evaluaciones preliminares durante las fases de diseño conceptual, matrices de decisión que consideren alternativas de implementación desde la perspectiva de protección de datos, integración con procesos de revisión de arquitectura para asegurar consideraciones de privacidad a nivel de infraestructura, y prototipos de privacidad que permitan el testeo de medidas de protección antes de la implementación completa.
Integración con DevOps y CI/CD
Establece pipelines automatizados que incluyan verificaciones de privacidad, testing automatizado de controles de acceso y anonimización, despliegue condicional basado en aprobación de AIPD, y monitoreo continuo de métricas de privacidad en entornos de producción.
Gestión de innovación responsable
Desarrolla marcos de evaluación ética para tecnologías emergentes, comités de revisión multidisciplinarios que incluyan perspectivas técnicas, legales y éticas, metodologías de consulta con stakeholders para proyectos de alto impacto social, y procesos de entornos controlados de prueba regulatoria (regulatory sandbox) que permitan testeo controlado de innovaciones disruptivas.
Documentación integrada
Genera AIPD como subproducto natural del proceso de desarrollo, documentación automatizada que mantenga sincronización entre sistemas y evaluaciones, integración con herramientas de project management para tracking de compliance, y dashboards ejecutivos que proporcionen visibilidad en tiempo real del estado de cumplimiento de proyectos en desarrollo.
Conclusión
La implementación efectiva de AIPD bajo la Ley 21.719 representa tanto una obligación legal como una oportunidad estratégica para las organizaciones chilenas de construir ventajas competitivas sustentables basadas en la confianza y transparencia en el manejo de datos personales.
La metodología integral presentada proporciona un framework práctico que equilibra rigor técnico con eficiencia operacional, permitiendo a las organizaciones no solo cumplir con los requisitos normativos sino también desarrollar capacidades organizacionales robustas para la gestión de riesgos de privacidad.
El éxito en la implementación de AIPD requiere un enfoque holístico que trascienda la mera documentación para integrar consideraciones de protección de datos en la cultura organizacional y los procesos de toma de decisiones.
Las organizaciones que adopten una aproximación proactiva, implementando AIPD como componente natural de sus procesos de desarrollo e innovación, estarán mejor posicionadas para navegar el complejo panorama regulatorio que emerge con la nueva ley.
La ventana de oportunidad hasta diciembre de 2026 debe aprovecharse para desarrollar competencias internas, establecer procedimientos robustos y construir marcos de gobernanza que no solo aseguren cumplimiento, sino que también generen valor empresarial a través de la optimización de procesos, reducción de riesgos operacionales y fortalecimiento de la reputación corporativa en materia de protección de datos.
Las organizaciones que comprendan que AIPD no constituye una carga administrativa sino una herramienta estratégica para la gestión de riesgos y la construcción de confianza, estarán mejor preparadas para prosperar en un entorno donde la protección de datos se convierte en un diferenciador competitivo fundamental.
¿Cómo puede Amsoft ayudarte en este camino?
En Amsoft entendemos que la implementación de AIPD efectivos requiere tanto expertise técnico como conocimiento profundo del contexto regulatorio chileno. Nuestro enfoque integral combina nuestra experiencia en desarrollo de software y consultoría tecnológica con especialización en marcos de cumplimiento normativo.
Ofrecemos servicios de asesoría especializada para el diseño e implementación de metodologías AIPD adaptadas a las particularidades de tu organización y sector de actividad. Desarrollamos herramientas tecnológicas que automatizan procesos de evaluación, documentación y seguimiento, reduciendo la carga administrativa mientras aseguramos consistencia y calidad en las evaluaciones.
Nuestros servicios incluyen desarrollo de plantillas y marcos metodológicos personalizados según las necesidades específicas de tu organización, implementación de sistemas de gestión de AIPD que se integren con tu infraestructura tecnológica existente, capacitación especializada para equipos internos en metodologías de evaluación de impacto y gestión de riesgos de privacidad, y consultoría para la integración de AIPD en procesos de desarrollo de productos y servicios.
Además, proporcionamos soporte continuo para la actualización y mantenimiento de AIPD, asegurando que las evaluaciones se mantengan vigentes y efectivas ante cambios tecnológicos, organizacionales o normativos. Nuestro enfoque incluye el desarrollo de dashboards ejecutivos que proporcionen visibilidad en tiempo real del estado de cumplimiento y riesgos identificados.
No dejes que la complejidad de los AIPD se convierta en un obstáculo para el cumplimiento de la Ley 21.719.
Contáctanos para descubrir cómo podemos ayudarte a transformar esta obligación legal en una ventaja estratégica que fortalezca la confianza de tus clientes y optimice tus procesos de gestión de datos.
Este artículo fue elaborado por Amparo Silva, miembro del equipo de Amsoft, comprometida con la innovación y la excelencia en el ámbito tecnológico.
Referencias
- Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Evaluación de impacto | AEPD. https://www.aepd.es/preguntas-frecuentes/2-rgpd/10-evaluacion-de-impacto
- Protección de Datos LOPD. (2025, Mayo 8). Evaluación de Impacto Protección de Datos (EIPD) 2025. https://protecciondatos-lopd.com/empresas/evaluacion-impacto/
- Audidat. (2024, Agosto 30). La importancia de la evaluación de impacto en protección de datos. https://www.audidat.com/blog/proteccion-de-datos/la-importancia-de-la-evaluacion-de-impacto-en-proteccion-de-datos/
- Global Suite Solutions. (2022, Julio 12). Claves Ley Orgánica Protección de Datos Personales Chile. https://www.globalsuitesolutions.com/es/claves-ley-organica-proteccion-de-datos-personales-chile/
- Govertis. (2019, Febrero 17). Cómo realizar una evaluación de impacto en protección de datos (EIPD) en el marco del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea (RGPDUE) Parte 1. https://www.govertis.com/como-realizar-una-eipd-en-proteccion-de-datos-rgpdue-parte-1
- RSM Chile. (2024, Diciembre 17). Ley 21.719 – Protección de datos personales. https://www.rsm.global/chile/es/news/ley-21719-proteccion-de-datos-personales
- InfoProtección. (2025, Marzo 25). Todo lo que debes saber sobre la ley 21719 en Chile. https://www.infoproteccion.com/leyes-ciberseguridad/chile/todo-lo-que-debe-saber-sobre-la-ley-21719-en-chile-proteccion-de-datos-personales/
- LexLatin. Ley N° 21.719 y el futuro de la protección de datos en Chile: El desafío de elevar los estándares. https://mail.lexlatin.com/opinion/ley-21719-proteccion-datos-chile-desafio-elevar-estandares